Debido a esta situación excepcional, no están vigentes por el momento ninguno de los plazos legales estipulados para realizar las denunicas de siniestros.
- Seguro de HOGAR: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de ATM: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de GOLF: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro INTEGRAL: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de TECNOLOGIA PROTEGIDA: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de BOLSO PROTEGIDO: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de CELULAR PROTEGIDO: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de NOTEBOOK PROTEGIDA: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de COMPRA PROTEGIDA: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de CONSUMO GARANTIZADO: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de TICKET PROTEGIDO: el Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
El derecho a reclamo prescribe al año de la fecha de ocurrencia del hecho generador.
- Seguro de VIDA: el Beneficiario/Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de ACCIDENTES PERSONALES: el Beneficiario/Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
- Seguro de DESEMPLEO: el Beneficiario/Asegurado tiene 3 días luego de ocurrido/conocido el hecho.
El derecho a reclamo del Asegurado prescribe a los tres años en caso de fallecimiento, y uno en caso de accidente, ambos desde la fecha de ocurrencia del hecho generador.